Debuta ley para frenar los casos de corrupción
Presidenta anunció ayer la entrada en vigencia de la norma sobre probidad en la función pública y prevención de conflictos de interés.
Este lunes entró en vigencia la Ley Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses. Esta es una de las iniciativas impulsadas por el Ejecutivo, como parte de la agenda pro transparencia anunciada en el marco de los escándalos político empresariales que han golpeado al país.
La Presidenta Michelle Bachelet dijo que los ciudadanos "han exigido a sus representantes más transparencia y poner coto a la corrupción. Y ésta es nuestra respuesta: nuevas reglas del juego, severas, para quienes ejercen cargos de dirección pública, así como para la relación entre los negocios y la política".
La normativa dispone de tres mecanismos para disminuir la posibilidad de irregularidades. La primera es la obligación para los funcionarios de declarar su patrimonio e intereses, de manera que la ciudadanía pueda saber cuáles son sus bienes al comenzar a ejercer una función pública y en qué empresas o rubros tienen, por ejemplo, acciones.
La segunda es el mandato de administración de cartera de valores, que implicará delegar la administración de bienes a una entidad fijada por ley, mientras el funcionario esté en ejercicio. La tercera medida contempla enajenar la participación en empresas que entreguen servicios al Estado, de manera de que el funcionario pueda actuar con independencia.
Para el ministro secretario general de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, la ley "obliga a los funcionarios del Estado a tener completamente transparentes nuestros dineros e intereses, para que cualquier acción que nos favorezca quede inmediatamente penalizada".
Mientras, el fiscal nacional, Jorge Abbott, destacó que la intención de esta Ley "es precisamente evitar hechos como el que el Ministerio Público está investigando".
Las claves de la ley de probidad:
La probidad en el ejercicio de la función pública. La norma busca prever y sancionar los posibles conflictos de intereses que surjan entre funcionarios con el mundo privado.
La ley establece un amplio grupo de funcionarios que deberán decir cuánto tienen y en qué empresas o sectores productivos tienen intereses. Entre éstos están la Presidenta o Presidenta, los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores, embajadores y cónsules. Además, los diputados y senadores deberán declarar sus intereses y patrimonio, así como alcaldes y concejales.
Los funcionarios públicos deberán declarar todos los bienes inmuebles, vehículos, acciones, participación en sociedades e incluso los nombres de cónyuges y parientes, entre otros aspectos. Quienes tengan un patrimonio en acciones o valores sobre 25.000 Unidades de Fomento (UF) (es decir, $655.000.000) deberán delegar su administración a un tercero. Estas declaraciones se encontrarán disponibles en el sitio web de la institución respectiva.
La Contraloría fiscalizará que las declaraciones de los funcionarios se hagan de manera oportuna, íntegra y veraz. Si existieran faltas a esta normativa, la Contraloría podrá cursar multas de hasta 50 UTM (dos millones 300 mil pesos) y, si el incumplimiento permanece, será considerado falta grave a la probidad y podrá dar lugar a la destitución del cargo. El Poder Judicial y Legislativo serán fiscalizados por sus propias entidades.